Blog de corrupción

Juicio a un denunciante

Recientemente se ha producido el Juicio a Don Roberto Macías, cliente del despacho y dirigido por nuestro Socio Director, Don Francisco José Sánchez Ramón. Un Juicio a un denunciante de corrupción, la de UGT – Andalucía, que de acuerdo con la Directiva Europea 1937/2019 debía haber sido anulado. Pero no sólo de acuerdo con la Directiva. También de acuerdo con la Ley española. Hasta los poderes de los denunciantes son inválidos. No tenían legitimación activa para presentar querella contra Don Roberto Macías.

Pero…. esta es sólo una de las irregularidades que giran alrededor de este Juicio. Además hay pruebas falsas, una comprobada ausencia de garantías en la cadena de custodia de las pruebas, presunto perjurio, abusos….. todo un conjunto de irregularidades cuyo único fin es intentar meter en la cárcel 4 años a quien denunció la corrupción de UGT y además imponerle una multa de 60,000 Euros.

¿Hasta dónde es capaz de llegar una organización pública como la UGT para dejar claro que lo único que busca es una represalia contra quien puso de relieve una parte de su corrupción interna?

Es otra de las cosas que están prohibidas por la Directiva Europea: las represalias.

Y lo más increíble o sorprendente del asunto es que el Fiscal, Don Fernando Soto Patiño, se negó a aceptar y poner en práctica la Directiva Europea. El Fiscal, durante el juicio, pareció más la acusación, que el representante del Estado interesado en hacer cumplir la legalidad vigente. De hecho, no había más que ver el trato que mantenía con los abogados de la acusación, para imaginar que la imparcialidad no parecía algo que le interesara especialmente. Tampoco la legalidad vigente a la vista de sus intervenciones.

Es importante poner de relieve que la Directiva Europea 1937/2019, aunque todavía no traspuesta en la legislación nacional, al contemplar una serie de medidas con carácter de obligatoriedad y ser lo suficientemente concretas y específicas, es de obligado cumplimiento -en aquellas disposiciones que no sean condicionales- desde su entrada en vigor. Esto es, el 17 de diciembre de 2019.

No parece que el Fiscal estuviera muy de acuerdo con esto que viene establecido por una clara jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

A continuación, algunos de los artículos aparecidos en prensa en referencia al Juicio:

https://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-andalucia-trabajador-ugt-a-admite-filtro-papeles-sindicato-porque-organizacion-criminal-202003061731_noticia.html

https://www.elmundo.es/andalucia/2020/03/06/5e625137fdddff331f8b465b.html

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